Permisos

Permiso de conducción clase B HABILITA A:

Habilita la conducción por la vía pública de vehículos de dos o tres ruedas cuadriciclos de motor hasta 3500 kg de m.m.a.(masa máxima autorizada).

Automóviles cuya m.m.a. no exceda de 3500 kg y cuyo número de asientos, incluido el del conductor, no exceda de 9.

Podrán llevar enganchado un remolque cuya m.m.a no exceda de 750 kg. siempre que la m.m.a. del conjunto no exceda los 4250 kg y la m.m.a. del remolque no sea superior a la masa en vacío del vehículo al que está acoplado.

Edad mínima para obtenerlo: 18 años.

¿Quién es NOVEL?

Eres novel cuando obtienes tu primer permiso (A1, A2 o B), NO el AM(ciclomotores) este no cuenta.

Durante 1 año desde la obtención de nuestro permiso:
1- Tu velocidad máxima es igual que la del resto de conductores.
2- Tienes que ir con la placa L colocada atras en el lado izquierdo. (medidas de la placa: 15 x 19,5 cm)

Durante 2 años desde la obtención de nuestro permiso respetaremos la tasa de alcohol para conductores noveles:
Aire: 0,15 mlgr/l Sangre: 0,3 gr/l

¿Qué puedo conducir con el Permiso B?

  • Ciclomotores de 2 o 3 ruedas
  • Cuadriciclos ligeros
  • Vehículos para personas con movilidad reducida
  • Vehículos de 3 ruedas (triciclos) (hasta un MMA máximo de 3,5T). Hasta los 21 años no autoriza a conducir triciclos de motor con potencia máxima superior a 15Kw
  • Cuadriciclos (“Quads”) (con un MMA de 3,5T)

Si tienes el permiso B con más de 3 años de antigüedad podrás conducir motos del Permiso A1

  • Automóviles que su MMA no exceda de los 3.500Kg y con un número de asientos, incluido el condcutor que no exceda de nueve (Turismos, Vehículos Mixtos, Furgonetas, Camiones Pequeños, etc.)
  • Siempre podrás unir al vehículo un remolque ligero (hasta 750Kg)

Si el remolque es pesado (+ 750Kg) se dan dos posibilidades:

  • Si la suma del conjunto está comprendida entre 3.500Kg y 4.250Kg necesitarás la Autorización B96
  • Si la suma del conjunto supera los 4.250Kg necesitarás el Permiso B+E
  • Con el permiso B también se pueden conducir vehículos agrícolas y sus remolques
  • El resto de vehículos especiales se podrán conducir con el permiso B siempre que su velocidad máxima no exceda de 40Km/h y la MMA no supere los 3.500Kg

EXAMEN:

1 Examen Teórico: Común de 30 preguntas
1 Examen Práctico: Circulación

RENOVAR EL PERMISO:

1)Se renueva cada 10 años hasta que cumplo 65 años.

2)A partir de los 65 años se renueva cada 5 años.

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